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CIUDAD DE MÉXICO, 3 de diciembre de 2024.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina de este lunes el decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar, el cual entra en vigor este martes 3 de diciembre.
Fue el pasado 22 de octubre la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4º y 27 de la Constitución Política, en materia de bienestar, que fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
De acuerdo con el Palacio legislativo, se establece en el artículo 4º que la Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, en los términos que fije la ley.
Menciona que el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a las personas menores de dieciocho años de edad, en términos que fije la ley.
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