
Objetivos de la Agenda 2030, lejos de cumplirse; busquemos coordinación
La profundidad de la desnaturalización de la función judicial en el Estado moderno que han hecho el gobierno anterior, el actual y su vertiente partidista, al elegir a las personas juzgadoras por voto popular, permanece con aportaciones dignas de consideración. Destacan la sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (CGINE) del 15 del actual y la encuesta de El Financiero publicada dos días después.
En la primera la cuestión fue la declaratoria de validez de la elección para quienes integrarán la Corte -transpolable a la elección de magistrados de disciplina judicial y electorales-, al apreciarse la afectación a los principios de la libertad y la autenticidad del sufragio. En la segunda está presente una fotografía de la ciudadanía. Y, en ambas, la posibilidad de reflexionar sobre la distancia entre los ámbitos dirigentes de nuestra sociedad y el conjunto de las personas electoras. Espacios que representan una parte del mosaico en el cual se planteará una nueva reforma electoral, incluidas las modificaciones más evidentes que requiere el modelo definido por el régimen actual en las reformas constitucional y a la legislación secundaria de 2024.
Más allá del objetivo declarado por imbuir a las personas juzgadoras de un compromiso de lealtad al pueblo y sus aspiraciones por acceder a la justicia sin discriminaciones derivadas de la condición económica y social, o del real de suprimir el contrapeso de la revisión judicial en las acciones legislativas y de gobierno de la mayoría imperante, el desarrollo del proceso y la jornada, así como los resultados, muestran componentes de preocupación en torno al concepto de integridad electoral o confianza en las condiciones para el ejercicio del sufragio con plenas garantías de respeto a la voluntad libre de injerencias indebidas sobre las personas electoras.
La totalidad de quienes integran el CGINE coincidieron en extraer de la sumatoria de los cómputos 818 casillas por irregularidades como la emisión de todos los votos en forma idéntica, boletas no dobladas y por ende no extraídas de la urna, más votos depositados que personas en la lista de electores, mayoría de boletas con la grafía -a simple vista- de la misma persona, y sustracción de material electoral devuelto con las boletas utilizadas. Vale reconocer el acuerdo relevante para actuar así, que debería ser retomado por las personas legisladoras, así como el compromiso cumplido de dar a conocer el 1 de junio los rangos de participación electoral (13 por ciento), pues atajó cualquier riesgo de elevarlos en los cómputos con las boletas no usadas, pero tampoco inutilizadas.
La diferencia en el Consejo emana del análisis de los resultados de los cómputos en ese escenario de ausencia de la ciudadanía de las casillas y la impresión, distribución y promoción de prontuarios que ilustraban por quienes votar, acompañado de observadores ciudadanos en funciones de gestores de las personas movilizadas para sufragar en los términos “sugeridos” y así tanto prevenir la ausencia de conocimiento y de memoria, como para confirmar el respaldo o la disciplina a quien solicitó votar de esa forma.
La gran pregunta flotaba en la sesión del CGINE, ¿cumplir, en condiciones de apremio presupuestal, con las tareas de integrar los órganos distritales y locales, ubicar las casillas, disponer la elaboración del material electoral, convencer a personas ciudadanas para integrarlas y capacitarlas, lograr su instalación y funcionamiento, integrar el expediente electoral y entregarlo en el Consejo Distrital y llevar a cabo el cómputo de cada elección de personas juzgadoras, impide el efecto corruptor de los formatos difundidos sistemática y profusamente sobre cómo votar?
El Consejero Arturo Castillo lo emblematizó con la expresión coloquial del “elefante en la sala”. La cuestión de quién, con qué recursos y a través de qué medios se produjeron y distribuyeron los “acordeones”, sobre todo cuando toda persona candidata impulsada por ese medio expresó en los procedimientos del caso ser ajena a esa promoción, estableciéndose la presunción de generarse dos ilegalidades: realización de propaganda por personas ajenas a la candidatura y erogaciones vinculadas a esa promoción.
¿Cuál fue el contexto de las campañas, la jornada comicial y sus resultados? La promoción del gobierno federal, desde la presidencia de la República, para acudir a votar; la identificación de diversas personas favorecidas en los “acordeones” con el régimen y el partido oficial, la alta coincidencia -del 80 al 85 por ciento- entre la sugerencia sobre por quienes votar y las candidaturas con el mayor número de sufragios.
En las intervenciones de las Consejeras Claudia Zavala y Diana Ravel, y de los Consejeros Martín Faz y Jaime Rivera destaca el contraste entre lo cuantitativo y cualitativo de una elección. El reconocimiento que hicieron a las estructuras del Instituto y a su personal y la ciudadanía que actuó en las casillas y los consejos implicó el cumplimiento de condiciones necesarias para el ejercicio del voto, pero no suficientes para garantizar la libertad y la autenticidad de los sufragios. El CGINE está obligado a velar por la autenticidad del sufragio y, con base en todos los medios a su alcance, la celebración de comicios libres de hechos que puedan afectarlos de modo relevante (artículos 30.1.f) y 44.1.x) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales). Los “acordeones” surgidos de la nada y el resultado consistente con sus recomendaciones son indicios para presumir una acción encubierta con intención y concierto.
Quienes votaron en contra de la validez de la elección nos advierten sobre la necesidad de sostener y defender los estándares y la calidad de los procesos electorales y la autenticidad de sufragio. Un mensaje que se enfrenta a los resultados de la encuesta de El Financiero, pues, con tan baja participación, 52, 56 y 57 por ciento, respectivamente, dan una opinión favorable a la manera en la cual se llevó a cabo la elección judicial, la participación alcanzada y la designación de las personas juzgadoras por voto popular.
Contrastante: un abstencionismo extendido y votos nulos o en blanco de la cuarta parte de quienes votaron, pero casi seis de cada 10 personas estarían a favor de los comicios judiciales. ¿Se entiende? ¿Se pondera la virtud del derecho y la libertad para ejercerlo? ¿O la elección judicial no era la preocupación, sino el sistema de justicia?
Cabe ubicar la advertencia del debate en el CGINE: la envoltura de la forma democrática -casillas, urnas y boletas- sin garantizar el contenido de la decisión democrática -libre, informada y auténtica- es simulación sin substancia.