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CHIHUAHUA, Chih., 17 de julio de 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional presentada en el año 2020 por diputados del Congreso del Estado de Chihuahua y por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
En la resolución, se aprueba por unanimidad lo relativo a multar a quienes agredan verbalmente a los inspectores de transporte.
Además, se determinó que es inconstitucional prohibir a las empresas contratar chóferes que hayan sido sentenciados por delitos dolosos, debido a que trasgrede los derechos de igualdad y no discriminación, así como la libertad de trabajo.
También señala en otro apartado, que es violatorio del derecho de reinserción social y que tienen el mismo derecho para poder trabajar en igualdad de circunstancia que los demás, por lo que no es constitucionalmente válido que se les excluyan.
Por lo tanto, en la sentencia de la SCJN se declara la invalidez de los artículos 137 fracción III y 168 fracción XV de la Ley de Transporte del Estado, la cual ya fue notificada al Congreso del Estado.