DEA reconoce operativo de México en Chihuahua que permitió capturar a “El Señor de la A”
La Secretaría de Relaciones Exteriores rechazó que autoridades texanas determinen unilateralmente la soberanía de territorios fronterizos y recordó que únicamente los mecanismos binacionales establecidos en el Tratado de 1970 tienen facultades para resolver estos asuntos.
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de octubre de 2026.- El Gobierno de México rechazó la decisión de las autoridades de Texas de reclamar nueve islas ubicadas en el río Bravo y advirtió que ningún gobierno estatal estadounidense tiene facultades para modificar los límites internacionales entre ambos países.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), encabezada por Roberto Velasco Álvarez, sostuvo que la delimitación territorial está regulada por acuerdos internacionales que deben respetarse independientemente de las decisiones administrativas o de seguridad adoptadas por las autoridades texanas.
La controversia surgió después de que Dawn Buckingham, comisionada de Tierras de Texas, anunciara que nueve islas localizadas en el río Bravo, entre Laredo y McAllen, habían sido identificadas como propiedad de ese estado.
Los territorios reclamados comprenden aproximadamente 26.7 hectáreas y forman parte de un conjunto de 28 islas cuya situación de propiedad fue revisada por las autoridades estadounidenses.
La decisión permitiría a corporaciones militares y de seguridad de Texas ingresar a estos espacios para realizar labores de vigilancia, retirar vegetación y prevenir actividades relacionadas con el tráfico de drogas y personas. La Jornada +1
Sin embargo, la Cancillería mexicana precisó que el Tratado de Límites de 1970 establece que la frontera internacional sigue el centro del cauce normal del río Bravo y que las modificaciones territoriales no pueden determinarse mediante disposiciones de una autoridad estatal.
La dependencia federal explicó que corresponde a la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), integrada por representantes de México y Estados Unidos, aplicar los acuerdos internacionales y determinar la ubicación de cada territorio respecto de la línea fronteriza.
En consecuencia, cualquier intervención que pudiera alterar el cauce del río o afectar la delimitación internacional debe someterse a los procedimientos establecidos entre ambos países.
El caso adquiere especial relevancia para Chihuahua, entidad que comparte una extensa frontera con Texas a través del río Bravo, particularmente en las regiones de Ciudad Juárez, Ojinaga y otros municipios fronterizos.
Aunque las nueve islas reclamadas se encuentran en el tramo correspondiente a Texas y Tamaulipas, el diferendo establece un precedente importante sobre el respeto a los límites territoriales y las facultades de las autoridades locales estadounidenses frente a los tratados internacionales.
La controversia también ocurre en un contexto de fortalecimiento de los operativos de seguridad fronteriza impulsados por autoridades estadounidenses para combatir el narcotráfico y la migración irregular.
No obstante, el Gobierno mexicano dejó claro que los objetivos de seguridad no sustituyen los procedimientos jurídicos establecidos para determinar la soberanía territorial.
La Secretaría de Relaciones Exteriores informó que mantendrá seguimiento a las acciones que se desarrollen en la zona y privilegiará los mecanismos de diálogo diplomático y cooperación internacional.
El Tratado de 1970, vigente entre México y Estados Unidos, constituye uno de los instrumentos fundamentales para resolver diferencias limítrofes relacionadas con los ríos Bravo y Colorado. CJA SRE +1
La discusión ahora se concentra en determinar jurídicamente a qué jurisdicción pertenecen las islas, sin que una declaración unilateral del gobierno texano pueda sustituir la competencia de las autoridades binacionales.
El posicionamiento mexicano reafirma que la soberanía y la delimitación de la frontera deben resolverse mediante tratados internacionales y no mediante decisiones de gobiernos estatales.




